Presentan impugnación ante SCJN contra “Ley Censura” de Puebla

El Partido Acción Nacional (PAN) presentó una acción de inconstitucionalidad ante el Poder Judicial de la Federación en contra de la reforma al artículo 480 del Código Penal del estado de Puebla, conocida como la “Ley Censura”, la cual castiga hasta con tres años de prisión a quienes “ofendan o agravien” a través de medios digitales, como redes sociales o correos electrónicos.
La reforma fue impulsada por legisladores de Morena y respaldada por el gobernador Alejandro Armenta. Desde su publicación, ha sido duramente criticada por organizaciones civiles, académicos y expertos en derecho digital, quienes advierten que “abre la puerta a la persecución de opiniones críticas bajo criterios subjetivos”.
El dirigente nacional del PAN, Jorge Romero, al presentar el recurso ante el máximo tribunal del país, acompañado por dirigentes estatales, activistas y especialistas en ciberseguridad, sostuvo que esta norma contraviene frontalmente los artículos 6º y 7º de la Constitución mexicana, que protegen la libertad de expresión y prohíben toda forma de censura previa o inquisición por ideas manifestadas.
La reforma al artículo 480 establece que comete el delito de “ciberasedio” quien, mediante el uso de tecnologías de la información o medios digitales, “insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional”.
La sanción va de once meses a tres años de prisión y multas de hasta 300 días de salario. Si la presunta víctima es menor de edad, se presume automáticamente el daño, lo que agrava la pena. Para la oposición y diversas organizaciones, el concepto es vago, ambiguo y carente de técnica jurídica, lo que lo vuelve proclive a ser usado como herramienta de persecución contra periodistas, activistas y críticos del gobierno.