Frenan a la CNDH, por intervenir en las elecciones del próximo 2 de junio

Frenan a la CNDH, por intervenir en las elecciones del próximo 2 de junio

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró invalido el mecanismo de seguimiento a las campañas electorales implementado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), al determinar que el organismo no cuenta con competencia legal para conocer de temáticas electorales.

En sesión pública de este día, los magistrados determinaron que la CNDH carece de facultades para intervenir en temas electorales, por lo que ordenó que pare la difusión y retire el “Primer Informe sobre violencia política para la protección y defensa del Derecho a la Democracia”.

El asunto fue expuesto en el pleno de la Sala Superior por el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, quien en días pasados ya había anunciado el sentido de su proyecto, y aclaró que su planteamiento no pretende “amordazar” a la CNDH ni realizar una interpretación regresiva respecto de los derechos humanos o la democracia.

Durante la discusión, la magistrada Janine Otálora advirtió que la CNDH pretendió con su mecanismo “fungir como protagonista dentro del proceso electoral”, lo que afecta el principio de equidad en la contienda, pues en su informe la Comisión de Derechos Humanos acusa que Xóchitl Gálvez, candidata presidencial de la coalición Fuerza y Corazón por México (PAN-PRI-PRD), incurrió en violencia política en razón de género.

La magistrada Otálora expuso que la intención de la CNDH es censar los actos de las campañas electorales, pronunciarse sobre supuestas estrategias electorales y contenidos de las personas candidatas en este proceso, así como sobre el contenido de programas de medios de comunicación, realizando para ello, calificaciones de éstos o supuestas campañas negras, a sabiendas de que en su caso existe una prohibición constitucional expresa, como ya fue señalado.

Por separado, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) calificó como “regresiva” la conclusión a la que llegó el proyecto de sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) de la queja presentada por el Partido Acción Nacional (PAN) contra los informes sobre violencia política presentados por el organismo.