Restringirán venta de alimentos y bebidas en áreas de fumadores

Restringirán venta de alimentos y bebidas en áreas de fumadores

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que en las áreas exclusivas para fumadores dentro de establecimientos comerciales y de entretenimiento no se permitirá la venta de alimentos ni bebidas. El máximo tribunal argumentó que el consumo en dichos espacios prolonga la estancia de las personas y aumenta la exposición al humo de segunda mano.

Con esta resolución, los espacios designados para fumadores deberán mantenerse aislados, ventilados y sin servicios de alimentos o bebidas. La medida, señalaron los ministros, busca reforzar la política de salud pública y al mismo tiempo equilibrar el derecho de quienes fuman con la obligación del Estado de proteger a la mayoría no fumadora.

Organizaciones civiles y de salud reconocieron la decisión como un paso adelante en la lucha contra el tabaquismo y sus efectos nocivos. Sin embargo, representantes de la industria restaurantera y de centros de entretenimiento advirtieron que podría derivar en pérdidas económicas por la reducción del consumo en dichos establecimientos.

El presidente de la SCJN, Hugo Aguilar, recordó que la Ley General para el Control de Tabaco fue diseñada considerando el impacto del humo en fumadores pasivos y justificó la medida como necesaria para salvaguardar la salud pública. Además, enfatizó que los negocios deberán adecuarse a las disposiciones para evitar sanciones.