¡Aguas fumadores! Impondrán multas por violar la Ley Antitabaco

Este lunes entró en vigor la prohibición de exhibir productos de tabaco en tiendas, así como fumar en espacios públicos.

¡Aguas fumadores! Impondrán multas por violar la Ley Antitabaco

Ante la entrada en vigor de la nueva ley contra el tabaco, que prohíbe la exhibición en tiendas y fumar en espacios públicos, los negocios y personas que no acaten las normas, deberán pagar una multa que va de los mil a los tres mil pesos en la Ciudad de México.

De acuerdo con la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores de la Ciudad de México, en el capítulo 2 de las sanciones, se penalizará de 10 a 30 veces la Unidad de cuenta, que actualmente ronda alrededor de los 97 pesos.

Mientras que los propietario, poseedores o responsables de establecimientos mercantiles que no cumplan con las disposiciones serán penalizados conforme a la Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal.

A su vez, en el transporte público se sancionará con multa equivalente de treinta a cien veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente al titular de la concesión o permiso cuando se trate de vehículos de transporte público de pasajeros; en el caso de que no establezcan las señalizaciones a que se refiere esta ley, o toleren o permitan la realización de conductas prohibidas por esta ley.

Por último, se indica que, en los casos de reincidencia en el periodo de un año, se aplicará hasta el doble de la sanción originalmente impuesta, y de darse una segunda reincidencia, procederá la revocación de la concesión o permiso.